El pasado 6 de julio del 2021, el Servicio de Rentas Internas expidió la Resolución NAC-DGERCGC21-00000032 por medio de la cual se amplió los plazos de declaración y pago del impuesto a la renta de los contribuyentes que se encuentran sujetos al Régimen para Microempresas, es decir los que se encuentran en el catastro del año 2021.
Los plazos establecidos son los siguientes:
Noveno dígito del RUC | Fecha máxima de vencimiento |
1 | 21 de octubre |
2 | 21 de octubre |
3 | 22 de octubre |
4 | 25 de octubre |
5 | 25 de octubre |
6 | 26 de octubre |
7 | 27 de octubre |
8 | 27 de octubre |
9 | 29 de octubre |
0 | 29 de octubre |
La resolución detalla que los Contribuyentes Especiales, declararán hasta el 21 de octubre; mientras que los contribuyentes con domicilio en la provincia de Galápagos podrán presentar hasta el 28 de octubre. señala que este aplazamiento no genera multas e intereses para los contribuyente, pero de ser el caso en el cual se declare posterior a las fechas detalladas, esta declaración si generará multa.
La resolución establece también que cuando la fecha de vencimiento sea un día no laborable, el vencimiento se traslada al siguiente día laborable, a menos que este sea un mes siguiente.
Descarga la resolución aquí.
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